jueves, 25 de septiembre de 2014

Leyes rebasadas


Luis Alberto Romero
Hora Cero

Ayer, en la Legislatura local, la diputada Anilú Ingram Vallines presentó una iniciativa para reformar el Código Civil para el Estado de Veracruz; en su participación en tribuna, la presidenta de la Mesa Directiva de la Diputación Permanente expuso que algunas disposiciones de dicho ordenamiento jurídico son actualmente obsoletas, por lo que deben ser modificadas.
En particular, Anilú Ingram se refirió al Registro Civil y particularmente a la necesaria derogación del Artículo 94 del Código, que establece que para casarse luego de un divorcio, la mujer debe esperar 300 días para la disolución del anterior matrimonio.
Asimismo, habló de la importancia de modificar el Artículo 225, que señala que, legalmente, son hijos de un matrimonio los nacidos después de 180 días de la celebración de un enlace matrimonial; la diputada propuso la modificación al Código para reconocer como hijos a quienes nazcan a partir de la celebración del matrimonio.
Esa iniciativa incluye la propuesta para derogar el Artículo 300, que indica que el cónyuge podrá reconocer al hijo habido antes de su matrimonio sin el consentimiento de la pareja, pero no podrá llevarlo a vivir al domicilio conyugal sin su consentimiento expreso.
Esta revisión a la ley, que realiza la legisladora por el Distrito XX de Veracruz, resulta sana y también muy importante porque, en efecto, muchas de las leyes que actualmente nos rigen están ya desfasadas y rebasadas por la realidad, los nuevos tiempos y las circunstancias de la sociedad veracruzana.
Sobran ejemplos; todavía está vigente la Ley Contra el Lucro Inmoderado de 1968, que impone 5 años de prisión y multas de risa, entre 50 a 5 mil pesos, a quien almacene artículos de consumo necesario, incluyendo medicinas, combustibles, llantas o refacciones durante más de 3 meses, a precios mayores a los oficiales.
También está la Ley Contra el Ruido en el Estado de Veracruz de 1942, que todavía se refiere al uso de sinfonolas y toca-discos.
En 1963 fue aprobada la Ley de Campaña para la Erradicación de la Garrapata en la Ganadería del estado, que establece multas de 50 pesos para quienes contribuyan a la dispersión de los artrópodos.
En Veracruz tenemos 149 leyes vigentes; algunas de ellas, por su antigüedad ya resultan de urgente modificación para adaptarlas a la nueva realidad social; la Ley del Inquilinato para el Estado de Veracruz, de 1937, por ejemplo, habla de contratos de arrendamiento de duración indefinida y prohíbe las fianzas y los depósitos, una práctica que ya es común.
La Ley Relativa a la Prostitución y de Profilaxis Social, de 1943, señala que no podrán ejercer la prostitución, textual, “las inconscientes, por deficiencia intelectual, a juicio de las autoridades sanitarias”. Por cierto, ese documento establece sanciones de hasta 99 pesos con 99 centavos y, tratándose de obreros o jornaleros, de uno a siete días de utilidad.
Bien harían los diputados en realizar una revisión minuciosa de las leyes veracruzanas, a fin de modificarlas para adaptarlas a los nuevos tiempos de la entidad, o, en su caso, derogar las que ya estén desfasadas, como en los artículos que señala la presidenta de la mesa directiva en el Congreso local. @luisromero85

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