martes, 13 de agosto de 2013

Cambios y más cambios

Jorge Arturo Rodríguez
Tierra de Babel

Cambios y más cambios, ¿pa’ qué? Ahí iremos viendo, el chiste es dar resultados, porque afirmaba el poeta George Herbert, ¿por qué se ha de temer a los cambios? Toda la vida es un cambio. ¿Por qué hemos de temerle? En todo caso hemos de estar pendientes, que cumplan nuestros gobernantes y políticos lo prometido, que trabajen… ¡Gulp! Pero son tiempos de “vagaciones”, no nos agüemos la fiesta… Thomas Henry Huxley dijo alguna vez que los resultados de los cambios políticos rara vez son aquellos que sus amigos esperan o que sus enemigos temen. Así que mejor a esperar con estos cambios políticos.
Mientras, les comparto algunas líneas que un lector fans me envió, ahora que en esta semana se definen cambios en la UV. Toda proporción guardada, dice así: “El artículo 36 de la Ley Orgánica de la Universidad Veracruzana establece: “El Rector será designado por la Junta de Gobierno y durará en su cargo cuatro años, periodo que podrá prorrogarse por una sola vez”. Esta disposición se reitera en el artículo 10 de la Ley de Autonomía. El Dr. Víctor Arredondo Álvarez fue designado Rector de la Universidad Veracruzana por primera ocasión en 1997 y reelecto para un segundo período, que dejó inconcluso al ser designado Secretario de Educación en Veracruz, en el año 2005.
“El artículo 37, fracción III de la Ley Orgánica de la UV establece que: “Para ser Rector se requiere: … III. Tener cuando menos cinco años de servicio docente, de investigación o de difusión de la cultura y extensión de los servicios, preferentemente en la Universidad Veracruzana…” Como podemos observar, la redacción del precepto es clara en el sentido de que para ser Rector se requiere estar en activo realizando actividades docentes, de investigación o de difusión de la cultura y extensión de los servicios, preferentemente en la Universidad Veracruzana. Desde el momento en que el Dr. Víctor Arredondo renunció con carácter de irrevocable al cargo de Rector, y no continuó en alguna de las funciones a las que alude la fracción III del artículo 37 de la Ley Orgánica antes citada, y dejó de tener relación jurídica alguna con la Universidad Veracruzana, ya no es miembro de la misma. Esto es, el hecho de su aspiración a ocupar por tercera vez el cargo de Rector, hipótesis que no contempla nuestra legislación y que va en contra de un principio universal del estado democrático que es la “no reelección”, implicaría además que el Dr. Arredondo Álvarez ha acreditado que actualmente se encuentra adscrito a alguna entidad académica de la Universidad Veracruzana, realizando alguna de las tareas sustantivas previstas en el multicitado Artículo 37, fracción II.
“A este respecto, se sabe de manera extraoficial que el Dr. Arredondo fue dado de alta nuevamente como asesor de la Rectoría de la Universidad Veracruzana, en el mes de abril de 2012, lo que constituiría una transgresión a la legislación universitaria, al no encontrarse adscrito a ninguna entidad académica que desarrolla las funciones sustantivas mencionadas.
 “Por otra parte, en sesión de fecha 23 de noviembre de 2006, el H. Consejo Universitario como autoridad suprema de la Universidad Veracruzana, conoció el Dictamen de la Comisión de Honor y Justicia, por el daño patrimonial producido en la administración del Dr. Arredondo, que ascendió en juicio a más de 80 millones de pesos, derivado de la rescisión unilateral del contrato de arrendamiento de computadoras, lo que originó que varios funcionarios de esa administración fueran sancionados con amonestación, y en el caso del Dr. Arredondo se propuso su inhabilitación para ocupar cargo posterior dentro de la Universidad, situación que no procedió en virtud de que el Consejo Universitario no cuenta, a la luz de la Ley vigente, con facultades sancionadoras de esa índole, y porque para esa fecha ya no era funcionario universitario sino Secretario de Educación de Veracruz, por lo que únicamente fue sancionado con una “enérgica llamada de atención”, por haber puesto en riesgo el patrimonio de la Universidad.
“En virtud de lo que dispone la Ley Orgánica de la Universidad Veracruzana, el Consejo Universitario es la autoridad jerárquicamente superior, por lo que sus decisiones vinculan jurídicamente al Dr. Víctor Arredondo Álvarez, y con base en lo cual está impedido para la candidatura al cargo de Rector, tanto por estos hechos, como porque está agotado su derecho a una reelección”. ¿Será? Ahí veremos en los próximos días, por lo pronto son varios los suspirantes a la Rectoría, ¿a quién le apuesta?
 Yo no le apuesto a nadie, pero ahí tienen al Dr. Manlio Fabio Casarín León, originario de Xalapa; Licenciado en Derecho con mención honorífica por la Universidad Veracruzana; Especialidad en Derecho Constitucional y Administrativo por la Universidad de Salamanca, España; Doctor en Derecho Público por la Universidad Veracruzana; Catedrático de la Licenciatura y Maestría en Derecho que se imparte en la Facultad de Derecho, del Doctorado en Derecho Público que se imparte en el Instituto de Investigaciones Jurídicas y de las Maestrías en Ciencias Ambientales, todos de la Universidad Veracruzana… Y hay más suspirantes, pero no alcanza el tiempo ni el espacio para comentarlo… Por lo pronto, ahí se ven.

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