lunes, 20 de diciembre de 2010

Reforma electoral necesaria

* PVEM y PT siguen; PRV, sí se va


Marco Antonio Aguirre Rodríguez
Místicos y Terrenales

La necesidad de que se haga una reforma electoral en el estado de Veracruz es evidente, tan solo por la pifia que tuvo que hacer el Instituto Electoral Veracruzano de retirarle su acreditación a dos partidos políticos con registro nacional, el Partido Verde Ecologista de México y el Partido del Trabajo, para que tan sólo cinco horas después el Partido del Trabajo volviese a solicitar la respectiva acreditación.
Los místicos de esos partidos actuantes en el estado de Veracruz poco pierden, de no ser un poco de tiempo.
Y tan están vigentes, que por eso la Procuraduría del Medio Ambiente se le entregó al dirigente estatal del PVEM, Eduardo Aubry de Castro Palomino (por cierto, al parecer se quiere comer toda la tajada sin repartir, porque hasta ahora no ha incluido a otros miembros del mismo Partido Verde, incluyendo a Alonso Domínguez Férraez, el extitular de la Secretaría de Desarrollo Social y Medio Ambiente), y las diferentes cabezas del Partido del Trabajo se dicen dispuestos a sacrificarse trabajando en el gobierno de Javier Duarte.
El Instituto Electoral Veracruzano NO puede quitarle el registro a un partido político con registro nacional, porque este le fue otorgado por el Instituto Federal Electoral, y le permite actuar en todo el país, en todo momento, tan sólo cumpliendo con las leyes electorales de cada entidad.
Porque para un partido con registro ante el IFE ni siquiera es una trámite engorroso acreditarse ante el IEV.
De acuerdo con el artículo 37 del mismo Código Electoral de Veracruz, un partido político con registro ante el IFE puede acreditarse ante el órgano electoral veracruzano presentando tres documentos:
I. Un ejemplar de sus documentos básicos (ojo, ni siquiera tiene que ser un documento con certificación alguna);
II. Copia certificada de su registro nacional (al menos el Código no establece quien debe emitir la certificación, por lo que puede ser un notario público o un corredor público, un juez, o hasta un jefe de manzana o cualquier figura que pueda emitir certificaciones); y
III. Copia certificada de las actas de designación de los titulares de sus órganos (la copia certificada igualmente puede ser expedida por cualquiera, y la designación de los titulares de sus órganos se puede interpretar como que se trata de los dirigentes nacionales, de los dirigentes estatales, o incluso hasta de los órganos intermedios).
Esto es tan sólo una muestra de las múltiples deficiencia que tiene el Código Electoral de Veracruz, el cual tiene la desventaja de que fue hecho a la carrera y sólo con la visión de cumplir la función de regular los comicios inmediatos a su expedición.
Por esto es que los partidos políticos de oposición piden que se modifique este reglamento, he incluso existen voces al interior del PRI que se manifiestan por lo mismo, además de que las autoridades electorales a quienes les ha tocado trabajar con este ordenamiento tuvieron que sufrir los entreveramientos y los puntos oscuros que tiene.
Ahora es un buen momento para iniciar la elaboración de un nuevo Código Electoral, porque se puede hacer una magnífica ley que pueda ser revisada hasta lo exhaustivo antes de que se le ponga en operación.
Volviendo al caso de los partidos políticos que perdieron su acreditación, vale anotar que tan es poco eficiente la medida, que la misma Constitución del estado de Veracruz contempla que los partidos políticos con registro nacional que obtengan menos del 2 por ciento de la votación total emitida podrán gozar de una prerrogativa equivalente al mismo dos por ciento del total de la bolsa a distribuirse entre todos los partidos políticos
En el Código Electoral se le denomina "financiamiento público de carácter especial".
Ni en la Constitución, ni en el Código se contempla en momento alguno que los partidos políticos nacionales perderán presencia en el estado cuando su votación sea baja.
Ahora, en lo que se dice que sus bienes serán liquidados, igualmente esto es inoperante, porque los mismos al ser propiedad del partido quedan sujetos a la ley federal.
El principio del federalismo mexicano implica que las leyes locales deben subordinarse a la ley suprema del país, la Constitución, de la cual emanan los demás ordenamientos federales, entre ellos, por supuesto, el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) o simplemente Código federal electoral.
Vaya, los partidos del Trabajo y Verde Ecologista de México, están tan vigentes que participarán en las elecciones extraordinarias de Coxquihui y José Azueta, por su propio derecho. Nadie les puede impedir que lo hagan.
El PVEM proseguirá con el PRI, en la alianza "Veracruz para Adelante", pero el PT está indeciso en seguir como parte de la coalición "Para Cambiar Veracruz", con el PRD y Convergencia, sobre todo después de que los dirigentes de estos partidos se repartieron entre sí el pedazo de pastel del poder, sin darle ni siquiera a probar el merengue en una untada de dedo.
Situación distinta en cambio es para el Partido Revolucionario Veracruzano (PRV) el cual por ser de registro local si perdió su derecho a seguir como parte del expectro partidista de Veracruz.
Pero además, en caso de que Manuel Laborde logre recomponer el PRV, sólo podrá solicitar un nuevo registro hasta después del próximo proceso electoral ordinario, esto es, hasta el 2014, según el artículo 107 del Código Electoral.
Entonces, será más fácil armar un partido nuevo, que revivir el Partido Revolucionario Veracruzano.
Así pues, los místicos de la política nacional pueden seguir vigentes, en la medida que se mantengan en el panorama nacional.
Los terrenales aquí continuaremos.

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