jueves, 1 de septiembre de 2011

Ciberterrorismo: ¿qué es?, ¿qué no es?, y el caso Veracruz

Mauricio Meschoulam

Lo de Veracruz, con todo respeto, no es ciberterrorismo. Empecemos por esa. El problema de malentender los fenómenos es que cuando de verdad llegan, nos sorprenden desprevenidos sin saber cómo reaccionar. Cuando en cambio, no se manifiestan y los nombramos como si ahí estuvieran, rebasamos líneas muy delicadas y con consecuencias difíciles de medir.
Para explicar lo que es el “ciber”-terrorismo primero tenemos que comprender lo que es el terrorismo ya que lo de “ciber” solo hace alusión al medio utilizado, pero el acto de fondo, el crimen (cuando lo hay) está en la esencia de la manifestación, sus definiciones, y sus vertientes, no en los instrumentos o herramientas que se usan.
1) En mi post anterior (La polémica sobre terrorismo, definiciones y motivaciones [1987-2010]) aporto diversas definiciones sobre terrorismo para contribuir a un debate informado en torno a lo que está sucediendo en México. Podríamos resumir estas definiciones en los siguientes términos: El terrorismo no es cualquier clase de violencia, sino una categoría específica de la misma, pero siempre es un hecho violento. Se manifiesta cuando existe un acto premeditado que utiliza la violencia o la amenaza de violencia para producir un efecto de estrés colectivo y pánico masivo en una determinada localidad, nación o sociedad con fines políticos, ideológicos, sociales o económicos. La violencia (o amenaza de su uso) ejecutada es solamente instrumental a los fines deseados. De este modo, el acto terrorista que se comete en las víctimas directas es utilizado y difundido a través de medios diversos hacia un número de víctimas indirectas que normalmente es mucho más amplio que las primeras. La sociedad, así atemorizada, altera sus actitudes, sus opiniones y sus patrones de conducta y presiona a actores políticos o económicos a actuar en cierta dirección deseada por el agente terrorista.
2) El ciber-terrorismo es el empleo de las nuevas tecnologías tales como el Internet o las redes sociales, para efectuar exactamente lo que se describe arriba: un acto violento, o la amenaza creíble de un acto violento con los fines anteriormente mencionados. El Internet y las redes son solo la herramienta de difusión de lo que existe detrás: un hecho de violencia o la amenaza (real) de que será cometido.
3) Por consiguiente, cuando alguien a través de Internet, redes sociales, o por cualquier otro medio, difunde un supuesto acto violento habría que demostrar varias cosas para poder definir si en verdad se trata de ciberterrorismo o de terrorismo:
a) La premeditación en el acto violento.
b) La intencionalidad de utilizarlo o la amenaza de cometerlo con fines de propagación de pánico o terror (obviamente si no hay acto violento, o cuando la amenaza de cometer un acto violento no es creíble, entonces la tesis de terrorismo se descarta. En sociedades preparadas ante ataques terroristas existen protocolos de seguridad que permiten distinguir la validez en las amenazas de cometer dichos actos, pero la amenaza solo es punible si se demuestra su veracidad). De este modo un muchacho de preparatoria que amenaza con colocar una bomba para evadir un examen no puede ser categorizado como terrorista aún si la escuela entera fue evacuada, a menos que se demostrase que esa amenaza era creíble y para ello tendría que comprobarse la posesión de explosivos o algo por el estilo.
c) Las reivindicaciones ideológicas, políticas, sociales o económicas, en otras palabras, como dirían los abogados, el móvil para ejercer el acto violento y utilizar la red en su difusión masiva.
4) No pueden ser categorizados como ciberterrorismo:
a) La propagación de un rumor (por lamentable que ésta sea, o sus efectos); menos aún cuando estamos padeciendo en este país una serie de efectos psicosociales a raíz del entorno de violencia que vivimos.
b) Una broma de mal gusto en la que una persona tuitea o difunde un supuesto hecho de violencia o amenaza, ya que no se cumple con las condiciones 3a, 3b y 3c, arriba descritas
c) Un evento en el que aún con la intención de producir pánico o terror, no exista un acto violento de por medio o la amenaza e intención real (que debería demostrarse) de cometer el acto violento.
d) Cualquier otro caso en el que se utilice Internet o las redes sociales en el que no estén plenamente demostrados los aspectos 3a, 3b y 3c.
5) Los sucesos de Veracruz, en cambio, reflejan varias cosas:
a) El entorno de estrés colectivo y psicosis en el que nos estamos metiendo es cada vez más insostenible. Ello ocasionará que cada vez surjan más rumores entre la población. Como hemos explicado en este blog, el estrés se contagia, por lo que es de esperarse que de no frenar la ola de pánico, este tipo de casos se pueden repetir.
b) Evidentemente nuestros políticos y legisladores no están preparados para enfrentar estas circunstancias. Partiendo de la base que no se actualizan las lecturas sobre el tema y no se incorporan los conceptos más recientes (ni se tipifican y por consiguiente no se delimitan) entonces cabe nombrar terrorismo a lo que no es, y dejar de nombrar terrorismo a lo que sí es.
c) Como respuesta ante el pánico y el terror, podemos reaccionar de manera agresiva y a partir del miedo exacerbado, en lugar de razonar lo que nos está pasando. Hoy, como nunca, se requieren propuestas y alternativas inteligentes, no cacerías de brujas ni límites a las libertades civiles. Veracruz es una muestra de lo que no podemos permitir. Hay mucha historia que leer.
d) Por otro lado, sin embargo, todo ello nos lleva a pensar que a estas alturas esta situación no solo debería generar una activación por parte de nuestras clases gobernantes, sino por parte de toda la sociedad con estrategias de prevención, intervención y post-vención para afrontar el terrorismo (cuando ocurre) y el estrés generado a partir de la violencia, aún cuando los sucesos violentos no se califiquen como terrorismo.
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