lunes, 21 de junio de 2010

Espionaje, los límites legales y legítimos

Héctor Yunes Landa*

Las controversias que siempre suscita el espionaje no son menores, porque involucran cuestiones éticas y morales relacionadas con el quehacer político y la moral pública. La información aportada por el espionaje ha respondido a una necesidad, muchas veces vital para los estados, al través de la historia de la humanidad. Desde las más antiguas civilizaciones como la griega, la romana, la persa o la egipcia, los hombres públicos han utilizado el espionaje para conocer tanto el acontecer en otras naciones como al interior de la propia. Esto les ha permitido defender su seguridad e intereses de las asechanzas, propiciando su viabilidad y supervivencia como Estado.
Desde luego, esta actividad que tanto ha incidido en el curso de la historia, pocas veces es reconocida, en las dos acepciones del término; es decir que ni se acepta su práctica ni se le da el mérito que le corresponde. Por ello, su ejercicio está confinado a la clandestinidad y regularmente se le asocia con el inframundo de la política. El carácter encubierto que esta actividad tiene es, en la mayoría de los casos, por necesidad, ya que de lo contrario no podría desempeñarse con éxito.La información estratégica es un elemento indispensable para el funcionamiento de los órganos de gobierno que conforman el Estado; sin ella, se puede llegar a tomar decisiones erróneas e injustas; además, un gobierno que actúa sin información estratégica sencillamente lo hace a ciegas, sin conocer los detalles que le permitan tomar la decisión correcta o, como se dice en política, la decisión del menor costo. Es imprescindible entonces que los estados nacionales cuenten con un sistema de información y un órgano de inteligencia que enriquezca su toma de decisiones.
Pero en la otra cara de la moneda, el espionaje se ha usado muchas veces para atacar a los opositores al gobierno, que no eran necesariamente enemigos del Estado, sino sólo disidentes. Así, el gobierno en turno hace un usufructo indebido de una potestad del Estado para fines personales o de grupo, y de este modo pervierte al límite la función de los aparatos de Inteligencia; es decir, usa en contra de los mismos ciudadanos algo que debe destinarse exclusivamente a protegerlos.
De este modo, tenemos dos caras de la misma moneda: la búsqueda de información privilegiada y estratégica para conocer los movimientos de un potencial enemigo de nuestro Estado, y, por otro lado, su uso con fines perversos para atacar a quienes difieren o no se someten a nuestra voluntad. Por ello, es preciso decir que si bien la información y el espionaje pueden entenderse como una necesidad del Estado en la legítima defensa de sus intereses por razones de seguridad nacional, muchas veces estos recursos han sido usados para perpetrar abusos de la autoridad e incluso atrocidades propias de los estados autocráticos o fascistas.
Dicho de otro modo, si bien puede sustentarse la labor de inteligencia en la Razón de Estado, el Estado no debe exceder su uso para cometer excesos más allá de los que permiten la Ética y el Estado de Derecho. En síntesis, el problema no es la labor de inteligencia sino el uso que se le da. Por lo tanto este uso debe ser medido y regulado por la ley. La información estratégica debe ser siempre aprovechada para gobernar bien, y la labor de inteligencia debe ser parte de la función del Estado y no se debe poner al servicio de intereses personales o de grupo.
Por eso, durante el debate a la reforma a la Ley de la Policía Federal, el Senado consideró una atribución inconstitucional la intervención telefónica directa durante una investigación que se proponía, la cual otorgaba esta facultad al Comisionado General. En tal virtud, se reformó la propuesta para precisar que el comisionado debe hacer la solicitud ante el ministerio público federal. Estas consideraciones dimensionan la importancia de avanzar en una mayor reglamentación de estas actividades sin vulnerar los derechos ciudadanos que son salvaguardados por el artículo 16 de nuestra carta magna.
Estamos hablando de actividades fundamentales para el Estado, que deben reservarse únicamente a éste, con el fin de orientar y salvaguardar la estabilidad social, política, económica y, sobre todo, la integridad de los ciudadanos contra las amenazas de la delincuencia organizada o asechanzas contra nuestra seguridad como nación.
Es muy preocupante que, al margen de la veracidad o manipulación de los audios que muestran presuntas conversaciones de los hombres públicos, se exhiban este tipo de prácticas, que todo mundo sabe que, de ser ciertas, sólo habría un ente con la capacidad y los recursos tecnológicos para hacerlo: el Estado. Es lamentable que se pretenda vulnerar la Ley para denunciar una presunta ilegalidad porque entonces es peor el remedio que la enfermedad. Es patético que se trate de hacerlo con audios editados, sacados de contextos y manipulados con la tecnología de punta que existe.
Si hay algún delito hay que denunciarlo y hacer la indagatoria correspondiente, y, si es necesaria la intervención telefónica o algún otro método de espionaje, existen procedimientos para ello y el gobierno debe dar la cara al hacerlo; pero el Estado es el primer obligado a cumplir la Ley. Si ignoramos esto, corremos el riesgo de sufrir un día en carne propia una grave violación a nuestros más elementales derechos, argumentando con cinismo el combate a un presunto delito.
El mundo ya ha tenido suficientes muestras de los excesos autoritarios del poder público, por eso existe y funciona el sistema de frenos y contrapesos como soporte esencial de un sistema democrático. El representante en turno del Estado ante la sociedad no debe ceder a la tentación de violar la Ley espiando o utilizando alguna otra forma ilegal para asegurar la permanencia de su persona o grupo en el poder o sus intereses. Esta es la única forma de que una acción del Estado sea legítima.

*Diputado Presidente del Congreso del Estado de Veracruz.

hectoryunesdiputado@hotmail.com

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